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Facilitación del comercio

Transparencia en el ámbito de la Facilitación del Comercio

Principio de la transparencia

La facilitación del comercio fue introducida por primera vez, en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la Conferencia Ministerial de Singapur de 1996. A su vez, en 2004 se acordó formalmente iniciar las negociaciones sobre este asunto y se lo incluyó en el Programa de Doha para el Desarrollo.

Como resultado de tales negociaciones, se elaboró el texto definitivo del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), adoptado en el marco de la IX Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Bali, en diciembre de 2013. En noviembre de 2014 la OMC adoptó el Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Marrakech, por el cual se incorpora el texto del AFC. Dicho acuerdo entró en vigor en febrero 2017. 

El principio de transparencia está presente en el marco del AFC, inicialmente, en sus cinco primeros artículos. En dichos artículos se establece el compromiso de los países de publicar y de difundir la información establecida en el acuerdo antes de que entre en vigor en sus respectivas legislaciones nacionales, siempre que sea posible, y de acuerdo a la capacidad de recursos de cada uno.

Sin embargo, existe una categoría de notificaciones de transparencia cuyos temas están dispuestos en los artículos 1.4, 10.4.3, 10.6.2 y 12.2.2 del AFC. Aunque la mayoría de las disposiciones no estén incluidas en los artículos sobre transparencia (1 al 5), también son relevantes para el cumplimiento de dicho principio. 

Este principio es fundamental porque la falta de transparencia en normas, decisiones y reglamentos se configura como un obstáculo a la facilitación del comercio. De esta forma, dedicar esfuerzos en el fortalecimiento de la transparencia permite que se alcancen resultados significativos en cuanto a contar con mayor previsibilidad y agilidad en las operaciones, lo que resulta en el aumento de la competitividad y de los flujos comerciales globales.

Países de la ALADI y la transparencia

Actualmente, entre los trece países miembros de la ALADI, once han ratificado el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), con excepción de Colombia y Venezuela. 

Para conocer la situación actual de la aplicación del principio de transparencia del AFC en estos países, es necesario analizar dos perspectivas de trabajo de observación. La primera consiste en verificar las categorías dispuestas en los artículos del 1 al 5 del acuerdo. A su vez, la segunda se traduce en presentar las notificaciones de transparencia en los articulados 1.4, 10.4.3, 10.6.2, y 12.2.2 del AFC, cuyo cumplimiento debe ser notificado al Comité de Facilitación de Comercio de la OMC.

Todos los países miembros de la ALADI, como países en desarrollo, definen la categoría de aplicación de compromisos en que se encuadran las medidas existentes (A, B o C) y los plazos en los cuales serán aplicadas estas disposiciones. Este compromiso de notificación incluye toda la Sección I del AFC, en la que están comprendidas las medidas de transparencia.

Doce países de la ALADI presentaron notificaciones de aplicación de los compromisos de transparencia basados en los artículos del 1 al 5 del AFC, con excepción de Venezuela. A su vez, siete países miembros de la ALADI – Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, México, Perú y Uruguay – brindaron al Comité de la OMC la información solicitada respecto a la categoría específica de notificaciones de transparencia (dispuestas en los artículos 1.4, 10.4.3, 10.6.2 y 12.2.2 del AFC).

Servicio de información

El principio de transparencia es base fundamental de todos los compromisos multilaterales en materia de facilitación del comercio. En tal sentido, los países tienen la responsabilidad de cumplir con las obligaciones de publicación y accesibilidad a la información en las materias específicamente establecidas en el AFC.

Dicho acuerdo establece también que para la aplicación de sus disposiciones y obligaciones, se puede optar por un enfoque regional. En ese contexto, se considera que desde los organismos de integración es posible emprender acciones regionales que contribuyan al crecimiento y facilitación del comercio entre los miembros a través del análisis de información y de la identificación de puntos convergentes entre las actividades desarrolladas por los países.

En ese sentido, como manera de contribuir para la accesibilidad a la información dispuesta por los países de la ALADI, en este espacio se congregan los enlaces referentes a los servicios nacionales de información y publicación de dichos países:

Bolivia
Bolivia

No hay información disponible

Cuba
Cuba

No hay información disponible

Ecuador
Ecuador

No hay información disponible

México
México

Distintas Entidades Nacionales

Panamá
Panamá

No hay información disponible

Paraguay
Paraguay

No hay información disponible

Venezuela
Venezuela

No hay información disponible

Documentos y publicaciones

Situación de la aplicación del principio de transparencia en el marco del acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) de la OMC en los países de la ALADI