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Sistema de apoyo a los PMDER

Sistema de Preferencias

Consiste en favorecer la apertura de mercados mediante la utilización de ciertas herramientas, con el objetivo de otorgar un tratamiento preferencial efectivo a los Países de Menor Desarrollo Económico Relativo (PMDER).

Para asegurar que se aprovechen plenamente las preferencias otorgadas a los PMDER, los demás países tratan las solicitudes de los PMDER de manera especial y prioritaria, en virtud de lo establecido en la Resolución 59 (XIII) y refrendado en la Resolución 70 (XV) del Consejo de Ministros, a través de las modalidades que establece el capítulo tercero del Tratado de Montevideo de 1980:

Acuerdos de Alcance Regional

Son nóminas negociadas que establecen listas de productos preferentemente industriales originarios de cada PMDER acordadas sin reciprocidad. Implican la eliminación de gravámenes aduaneros y otras restricciones por todos los demás países de la Asociación. Los países miembros establecen procedimientos para ampliar progresivamente estos acuerdos.

Acuerdos de Alcance Parcial

Son acuerdos negociados entre los PMDER y los demás países miembros. Contienen tratamientos diferenciales, y su forma de aplicación y revisión se determina en cada acuerdo. Afectan a productos y sub-partidas arancelarias, y establecen una reducción de los gravámenes aplicados a la importación desde países no miembros. Los acuerdos pueden ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, para la preservación del medio ambiente, de promoción del comercio, del turismo, de cooperación científica y tecnológica.


Estudios

Las resoluciones 8, 56 (XII), 61 (XIII) y 71 (XV) del Consejo de Ministros de la ALADI establecen la necesidad de elaborar informes sobre el comportamiento de las condiciones de acceso de los productos originarios de los PMDER al mercado intrarregional, identificando las razones. Además, se llevan a cabo estudios para identificar las medidas y acciones necesarias, que se integran en acuerdos de alcance regional y parcial, para evaluar periódicamente el sistema de tratamiento preferencial de los PMDER.

A partir de estos insumos, se procura ajustar los mecanismos conforme a las necesidades de los países, teniendo en cuenta su oferta exportable actual y potencial. De esta manera, se cumple con lo establecido en el TM80, en particular con las acciones relacionadas con la apertura de mercado según la Resolución 3 del Consejo de Ministros.


Bolivia

Ecuador

Paraguay