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Comité de Representantes

Órganos auxiliares

El Artículo 42 del TM80 dispone que se establecerán Órganos Auxiliares de consulta, asesoramiento y apoyo técnico. En particular, uno integrado por funcionarios responsables de la política de integración de los países miembros.

Asimismo, se establecerán órganos auxiliares de carácter consultivo, integrados por representantes de los diversos sectores de la actividad económica de cada uno de los países miembros.

La creación de Órganos Auxiliares es una atribución del Comité de Representantes de la ALADI, de acuerdo a lo establecido en el literal o) del Artículo 35 del TM80.

Hasta la fecha se han creado los siguientes Órganos Auxiliares: